ACCESO A VIVIENDA PROTEGIDA EN NAVARRA
| ACCESO A VIVIENDA PROTEGIDA EN NAVARRA (Artículo recogido de www.diariodenavarra.es 30.01.09) |
Cómo acceder a una vivienda protegida
Cada vez son más las personas que optan por presentar su solicitud para hacer de una vivienda de protección oficial (VPO) su hogar. Según la ley vigente, éstas son algunas de las características del proceso. Actualmente se está negociando un nuevo texto legal en materia de vivienda para Navarra.
1. Definición de VPO.
Según la ley, se define como vivienda protegida aquella que, cumpliendo los requisitos de superficie, diseño, habitabilidad, destino, uso, calidad y precio máximo, que se establecen, reciba además la calificación correspondiente para acogerse a un régimen de protección pública. Es decir, la vivienda protegida tiene una limitación de precio, de modo que tal precio resulta ser inferior al de la vivienda libre en el mercado. La rebaja de precio de la vivienda protegida se hace mayor gracias a la subvención pública que perciben los compradores. A cambio, goza de una normativa de uso y venta especial. Se adjudica por baremo entre los aspirantes, que la solicitan en régimen de propiedad o de alquiler.
2. ¿Qué tipos de VPO existen?
Se dividen básicamente en tres tipos: vivienda de protección oficial, sea de régimen general o de régimen especial, vivienda de precio tasado, y vivienda de precio pactado. La vivienda de precio tasado (VPT) es la más popular tras la VPO. Con una limitación de precio también fijada por el Gobierno de Navarra, se caracteriza por ser algo más cara que la VPO. Si el precio máximo de un metro cuadrado para venta asciende en 2009 a 1.569 euros en el caso de la VPO, en el de la VPT éste se elevaba hasta los 1.810 y hasta los 1.991, 5 en el de la vivienda de precio pactado (VPP) . En el caso de alquiler, el precio máximo del metro cuadrado en una VPO de alquiler es de 7,50 euros/metro al mes (8,66 en el caso de VPT).
3. ¿Qué otras especificidades exige?
La ley indica que las viviendas protegidas se deben destinar a "domicilio habitual y permanente" y "en ningún caso" admite su utilización como segunda residencia. Especifica asimismo que su ocupación debe producirse en un plazo máximo de 6 meses a partir de la calificación definitiva del inmueble (aunque admite excepciones si el retraso no es responsabilidad del comprador). En caso del alquiler, el plazo para ocupar la vivienda será de tres meses a partir de la suscripción del contrato.
4. ¿Existen límites de superficie?
Sí, las viviendas de protección oficial deberán tener una superficie útil igual o inferior a 90 metros cuadrados, o a 120 metros cuadrados si se destinan a familias numerosas.
5. ¿Cuáles son los requisitos mínimos de acceso a viviendas protegidas?
1. Que la vivienda vaya a destinarse a residencia habitual y permanente.
2. Que el adquirente, adjudicatario, promotor para uso propio, arrendatario o beneficiario de la vivienda reúna los requisitos de capacidad económica que se fijen para cada régimen de viviendas y para cada modalidad de ayudas, incluyendo los ingresos familiares ponderados y, en su caso, el patrimonio de que dispongan.
3. Que éste no sea titular de otra vivienda, salvo que coincidan dos situaciones (inadecuación de dicha vivienda a las necesidades de la unidad familiar, por ejemplo, por número de metros, y ofrecimiento de la vivienda o parte de la misma al ejecutivo foral o a una sociedad instrumental de ésta
4. Que no hayan vendido una vivienda o parte en los últimos 5 años (se exceptúan de este requisito las transmisiones que no hayan generado ingresos superiores al 60% del precio de la vivienda que se pretenda adquirir).
5. Que el adquirente, adjudicatario, promotor para uso propio, arrendatario o beneficiario de la vivienda cuente con permiso de residencia cuando dicho documento sea exigible, y que esté empadronado en algún municipio de Navarra.
6. ¿Cuáles son los requisitos económicos?
En términos generales, el límite de ingresos anuales que debe acreditar un solicitante en solitario para acceder a una VPO es de 45.435 euros (61.957, 45 en el caso de una VPT). Esta cifra viene marcada por el IPREM, un indicador de renta básica que en 2009 se sitúa en la cifra de 6.326 ,86 euros al año. Así, como indica la tabla adjunta, los ingresos familiares de un único candidato a VPO no podrán superar las 5,5 veces el IPREM. En el caso de las VPT, por ejemplo, el límite es de 7,5 veces el IPREM. Como se ve, el límite varía en función del número de miembros que conformen la unidad familiar. Además, existen también requisitos mínimos de capacidad económica para poder resultar adjudicatario de una vivienda protegida. La suma de la base imponible y la rentas exentas de tributación de los solicitantes y sus cónyuges o parejas de hecho sea igual o superior a 8.000 euros en viviendas de protección oficial de régimen especial y 9.000 euros cuando se trate de régimen general. Esta cuantía se elevará hasta los 12.000 euros en el caso de viviendas de precio tasado o pactado. Deberán asimismo acreditarse el cumplimiento del mínimo de ingresos en cada uno de los dos últimos periodos impositivos.
7. ¿Existen además subvenciones que contribuyen a la compra de la vivienda?
Sí, en caso de resulta adjudicataria de una vivienda se calcula según la aplicación de unos porcentajes proporcionales a los ingresos declarados o al número de miembros que integren el núcleo familiar (ver tabla). Por ejemplo, en el caso de VPO puede llegar a ser hasta del 16% del precio de venta de la vivienda, incluyendo asimismo el garaje y el trastero. En caso de VPT el porcentaje máximo de subvención es del 6%.
8. ¿Quiénes se pueden ver favorecidos por la vivienda protegida?
Aquellos cuyos ingresos no superen lo estipulado por el Gobierno y otros grupos como: personas minusválidas con discapacidad motriz grave, otras personas minusválidas con un grado de discapacidad reconocida igual o superior al 65%, familias numerosas, víctimas del terrorismo, personas víctimas de violencia de género.
9. ¿Cuánto tiempo debe esperar un adjudicatario para poder vender su vivienda protegida en el mercado?
La ley indica que el periodo de etiqueta "vivienda protegida" es de treinta años, excepto si cambiara la calificación de ese inmueble.
El perfil del adjudicatario
Según un estudio realizado por Vinsa y el Gobierno de Navarra en 2006, el solicitante de viviendas protegidas en la Comunidad foral es un joven de entre 25 y 35 años, soltero y sin hijos, con un sueldo medio de unos 20.000 euros anuales, empadronado en Navarra desde hace más de siete años y con una cuenta de ahorro vivienda abierta desde 2004. La VPO tipo tiene 87 metros cuadrados de superficie, garaje y trastero, cuesta 130.190 euros más IVA y recibe una subvención de 16.000 euros.
El acceso se lleva a cabo a través de un censo en el que se integran todos los candidatos a obtener las viviendas. Éstos son valorados conforme a los requisitos antes detallados y son ordenados en un baremo. Ahora mismo, la ubicación en éste depende de factores como la renta, el número de miembros de la unidad familiar, el empadronamiento en la localidad en la que se realiza la promoción, etc.
Actuaciones que pueden suponer ocasionar sanciones en materia de vivienda protegida: entre otras, falsear los datos exigidos para acceder a una de ellas o negarse injustificadamente a facilitar comprobaciones de la Administración.
Desarrollos urbanísticos previstos: la proyección de vivienda en la comarca de Pamplona se reparte en desarrollos urbanísticos como Ripagaina (Burlada), con 4.000 viviendas, Lezkairu (6.269), Valle de Egüés (9.500), Ardoi (1.678), Entremutilvas (1.649), Artiberri (1.032), Buztintxuri (3.400), Ezkaba (1.461) o Sarriguren (5.217), entre otros.